El Minedu, en coordinación con las DRE, determinarán el número de vacantes para lo señalado en el literal b) del numeral 6.3.5 de la presente norma, siendo orientadas a las instituciones educativas con las siguientes características:
- IIEE ubicadas en zona rural 1;
- IIEE ubicadas en zona de frontera;
- IIEE ubicadas en ámbito VRAEM;
- IIEE EIB de fortalecimiento.
Cabe precisar que la plaza debe contar con alguna de las características señaladas en el párrafo precedente, y que haya sido cubierta el año anterior, posterior al inicio del año escolar con personal sin título pedagógico. La información de la fecha de la cobertura y del grado de estudios del personal contratado se obtendrá del sistema NEXUS”.
MODALIDADES DE CONTRATACIÓN:
Existen tres (3) modalidades de contratación docente en el marco de la presente norma que son las siguientes:
Contratación directa |
Contratación por Resultados de la PUN y Evaluación de expedientes |
Contratación Excepcional |
• En vacantes para beneficiarios de una beca a través del PRONABEC en plazas que determine el Minedu en coordinación con la DRE. • En vacantes de IIEE por convenio que tengan la facultad de proponer al personal docente. • En vacantes del área curricular de educación religiosa de una IE. |
• Postulantes ubicados en el cuadro de mérito como resultado de la PUN. • Evaluación de expedientes donde se inscriben titulados, bachilleres, egresados, con estudios no concluidos |
• Propuesta del director de IE en las licencias con o sin goce de remuneraciones, por reemplazo de vacaciones hasta treinta (30) días, por suspensión del servicio educativo, por huelga, por reemplazo de profesor con medida preventiva y que no hayan sido cubiertas en el contrato por resultados y en las vacantes no adjudicadas por el comité. |
CONTRATACIÓN DIRECTA
7.1.1 Las y los becarias/os de PRONABEC que cuenten con título de profesor/a o licenciado/a en educación, presentan ante la UGEL, dentro de los plazos establecidos en el cronograma, el expediente para el proceso de contratación en la modalidad de contratación directa, señalando el código de la vacante de acuerdo a la publicación realizada por el MINEDU, conforme al numeral 6.3.6. de la presente norma, adjuntando los requisitos generales y específicos, así como los documentos que sustente la condición de becario/a.
CONTRATACIÓN EXCEPCIONAL
Esta modalidad de contratación se desarrolla para los siguientes casos:
- En las vacantes para el reemplazo del profesor/a ausente (por licencias con y sin goce de remuneraciones, por reemplazo de vacaciones) por un periodo de hasta treinta (30) días, por suspensión del servicio educativo, por huelga, por reemplazo de profesor con medida preventiva y que no hayan sido cubiertas en la contratación por resultados y en las vacantes no adjudicadas por el comité.
Descarga los requisitos y condiciones de la contratación docente desde el siguiente link: